{"id":4736,"date":"2015-01-01T00:00:00","date_gmt":"2015-01-01T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/2023\/07\/23\/sostenibilidad-y-sustentabilidad-en-las-nuevas-constituciones\/"},"modified":"2023-07-27T16:32:56","modified_gmt":"2023-07-27T16:32:56","slug":"sostenibilidad-y-sustentabilidad-en-las-nuevas-constituciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/sostenibilidad-y-sustentabilidad-en-las-nuevas-constituciones\/","title":{"rendered":"SOSTENIBILIDAD  Y  SUSTENTABILIDAD EN LAS NUEVAS CONSTITUCIONES"},"content":{"rendered":"<p>\n&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEn los informes escuchamos de los grandes problemas como la falta de agua y con eso de alimentaci&oacute;n en el Chaco, la invasi&oacute;n de mennonitas en el territorio de los &uacute;ltimos selv&iacute;colas del Chaco, los Totobiegosode (Areguede-urasade) y en la regi&oacute;n oriental la invasi&oacute;n de tierras por campesinos y brasile&ntilde;os, la tala y venta de rollos, etc.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nAdem&aacute;s, todos estamos experimentando el cambio clim&aacute;tico. Esta realidad nos debe poner en alerta que tambi&eacute;n nosotros debemos cambiar. Algunas naciones vecinas con mucha poblaci&oacute;n ind&iacute;gena, han tomado conciencia de esta amenaza y ven una verdadera soluci&oacute;n en la sostenibilidad ecol&oacute;gico-humana.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEcuador y Bolivia en sus nuevas constituciones nacionales (2008), han dado prioridad a este aspecto. No son los primeros, sino desde miles de a&ntilde;os los pueblos originarios de este Continente, con su larga experiencia y con sus saberes, se han encargado del cuidado de la tierra con su vida propia; por eso hoy les llaman los &ldquo;cuidadores de la selva, del monte, de la naturaleza&rdquo; o los &ldquo;guardianes de la vida&rdquo;.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Queremos presentar aqu&iacute; algunos art&iacute;culos de estas dos nuevas Constituciones nacionales para animarnos en la labor de conscientizaci&oacute;n tanto a la sociedad paraguaya como a algunos de la poblaci&oacute;n ind&iacute;gena, en cuya &ldquo;<em>cabeza ya ha entrado<\/em>&rdquo; este modelo depredatorio de la naturaleza&rdquo;.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong>1. Volver a las Ra&iacute;ces originarias<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong>a. Constituci&oacute;n Ecuatoriana<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nLa nueva Constituci&oacute;n ecuatoriana de 2008, en su pre&aacute;mbulo se reconoce como herederos y continuadores de los habitantes originarios de aquella tierra, asumiendo sus valores ancestrales del BUEN VIVIR, el <em>sumak kawsay,<\/em> que solamente se realiza en una convivencia arm&oacute;nica con la naturaleza. <em>&ldquo;Nosotras y nosotros, el pueblo soberano de Ecuador, RECONOCIENDO nuestras ra&iacute;ces milenarias&hellip;. CELEBRANDO a la naturaleza, la Pacha Mama, de la que somos parte y que es vital para nuestra existencia,&hellip;APELANDO a la sabidur&iacute;a de todas la culturas que nos enriquecen como sociedad&hellip;, decidimos construir una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armon&iacute;a con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay&rdquo;. <\/em>Toda la constituci&oacute;n ecuatoriana se basa en la recuperaci&oacute;ndeeste valor ancestral del buen vivir que se consigue &uacute;nicamente en un arm&oacute;nico convivir con la naturaleza: .<em>&ldquo;El buen vivir requerir&aacute; que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades y de la <strong>convivencia arm&oacute;nica con la naturaleza<\/strong>&rdquo;<\/em> (art.275). Por tanto hay que <em>&ldquo;recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano <strong>y sustentable<\/strong> que garantice a las personas y colectividades el <strong>acceso equitativo<\/strong>, permanente y de calidad <strong>al agua, aire, suelo<\/strong>, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural&rdquo;<\/em> (art. 276.4).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEcuador quiere recuperar sus ra&iacute;ces propias, quiere construir una nueva sociedad a partir de las caracter&iacute;sticas de su territorio que marcaron el modo de convivir de sus antepasados: <em>&ldquo;el territorio de Ecuador constituye una unidad geogr&aacute;fica e hist&oacute;rica de dimensiones&nbsp; sociales y culturales, legado de nuestros antepasados y pueblos ancestrales&rdquo; <\/em>(art. 4).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong>b. Constituci&oacute;n boliviana<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEsta Constituci&oacute;n, elaborada un a&ntilde;o despu&eacute;s (2009) echa sus ra&iacute;ces hasta la g&eacute;nesis de la Pacha Mama, con la diversidad de pueblos que la poblaron y con las luchas ind&iacute;genas y sociales &uacute;ltimamente que llevaron el pa&iacute;s&nbsp; a la posibilidad de construirse de nuevo. En su pre&aacute;mbulo expresa con un lenguaje mitol&oacute;gico su utop&iacute;a de una nueva naci&oacute;n boliviana: <em>&ldquo;En tiempos inmemorables se erigieron monta&ntilde;as, se desplazaron r&iacute;os, se formaron lagos. Nuestra amazon&iacute;a, nuestro chaco, nuestro altiplano y nuestros llanos y valles se cubrieron de verdores y flores.<\/em> <em>Poblamos <strong>esta sagrada Madre Tierra<\/strong> con rostros diferentes, y comprendimos desde entonces la pluralidad vigente de todas las cosas y nuestra <strong>diversidad como seres y culturas<\/strong>. As&iacute; conformamos nuestros pueblos, y jam&aacute;s comprendimos el racismo hasta que lo sufrimos desde los funestos tiempos de la colonia.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<em>El pueblo boliviano, de composici&oacute;n plural desde la profundidad de la historia, inspirado en las luchas del pasado, en la sublevaci&oacute;n ind&iacute;gena anticolonial, en la independencia, en las luchas populares de liberaci&oacute;n, en las marchas ind&iacute;genas, sociales y sindicales, en las guerras del agua y de octubre, en las luchas por la tierra y territorio, y con la memoria de nuestros m&aacute;rtires, construimos un nuevo Estado&hellip;donde predomina la b&uacute;squeda del <strong>vivir bien. Dejamos en el pasado el Estado colonial, republicano y neoliberal. Asumimos el reto hist&oacute;rico de construir colectivamente el Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional <\/strong><\/em><em><strong>Comunitario.<\/strong><\/em>1<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong>2. Los Derechos del &ldquo;Buen Vivir&rdquo;<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nLlama la atenci&oacute;n la jerarqu&iacute;a de los derechos del buen vivir en la Constituci&oacute;n ecuatoriana donde se menciona en primer lugar el derecho de agua y alimentaci&oacute;n, despu&eacute;s de un ambiente sano, de comunicaci&oacute;n e informaci&oacute;n, de cultura y ciencia, de educaci&oacute;n, del h&aacute;bitat y vivienda, de salud, de trabajo y de seguridad social.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEl agua, por siguiente, es considerada el patrimonio nacional m&aacute;s esencial para la vida del pa&iacute;s y por tanto es inalienable, imprescindible, inembargable (art. 12<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nLa Constituci&oacute;n boliviana se basa en los valores del buen vivir en la lengua de las culturas m&aacute;s significativas que componen la Naci&oacute;n boliviana como: <em>ama qhilla, ama llulla, ama suwa<\/em> (no seas flojo, no seas mentiroso ni ladr&oacute;n), <em>suma tama&ntilde;a<\/em> (vivir bien), <em>&ntilde;andereko<\/em> (vida armoniosa), <em>teko kavi<\/em> (vida buena), <em>ivi mare&rsquo;i<\/em> (tierra sin mal, y <em>qhapaj &ntilde;an <\/em>(camino o vida noble) (cf. art.8).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<em>El Estado boliviano quiere sustentarse en los principios &eacute;tico-morales de estas culturas ancestrales, apoy&aacute;ndose especialmente en los de unidad, igualdad, inclusi&oacute;n, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armon&iacute;a, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de g&eacute;nero en la participaci&oacute;n, bienestar com&uacute;n, responsabilidad, justicia social, distribuci&oacute;n y redistribuci&oacute;n&nbsp; de los productos y bienes sociales, <strong>para vivir bien<\/strong><\/em>(art. 8).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nTambi&eacute;n menciona como la Constituci&oacute;n ecuatoriana, el derecho al &ldquo;agua y a la alimentaci&oacute;n&rdquo; como uno de los &ldquo;fundamental&iacute;simos&rdquo; derechos a la vida&rdquo; (art.15).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEs impresionante como las dos Constituciones nuevas vuelven a los valores de sus culturas &ldquo;precoloniales&rdquo; (art. 2) en pleno proceso de <strong>decolonizaci&oacute;n<\/strong> (cf. Patricio Guerrero) y en b&uacute;squeda de las ra&iacute;ces de su identidad que se compone desde tiempos remotos de una pluriculturalidad, pero la que hoy d&iacute;a debe apuntar a la interculturalidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong>3. Los &nbsp;Derechos de la Naturaleza<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nUna muy sorprendente novedad es que la naturaleza en esta Constituci&oacute;n ya no es tratada como objeto, sino como sujeto con derechos constitucionales: &ldquo;<em>La naturaleza ser&aacute; sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constituci&oacute;n&rdquo;<\/em>(art.10)<em>.<strong>&ldquo;La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneraci&oacute;n de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos<\/strong><\/em><strong>. (art. 71)<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong><em>El Estado&hellip; promover&aacute; el respeto a todos los elementos que forman el ecosistema.<\/em><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong><em>La naturaleza tiene derecho a la restauraci&oacute;n <\/em><\/strong><strong>(art. 72).<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong><em>El Estado aplicar&aacute; medidas de precauci&oacute;n y restricci&oacute;n para las actividades que puedan conducir a la extinci&oacute;n de especies, la destrucci&oacute;n de ecosistemas o la alteraci&oacute;n permanente de los ciclos naturales<\/em><\/strong><strong>. (art. 73)<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong><em>Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendr&aacute;n derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir<\/em><\/strong><strong>(art. 74)<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nLa constituci&oacute;n boliviana no trata a la naturaleza como sujeto, sino habla de su protecci&oacute;n por el Estado. <em>&ldquo;El Estado proteger&aacute; todos los recursos gen&eacute;ticos y microorganismos que se encuentren en los ecosistemas del territorio, as&iacute; como los conocimientos asociados con su uso y aprovechamiento&rdquo;. (381) &ldquo;Es facultad y deber del Estado la defensa, recuperaci&oacute;n, protecci&oacute;n y repatriaci&oacute;n del material biol&oacute;gico proveniente de los recursos naturales, de los conocimientos ancestrales y otros que se origen en el territorio<\/em>&rdquo; (382). <em>La ley regular&aacute; la protecci&oacute;n y aprovechamiento de las especies forestales&nbsp; de relevancia socioecon&oacute;mica, cultural y ecol&oacute;gica&rdquo;<\/em> (387) Especialimportancia da la Constituci&oacute;n boliviana a la protecci&oacute;n de la Coca, su s&iacute;mbolo vegetal nacional: &rdquo;<em>El Estado protege a la coca originaria ancestral como patrimonio cultural, recurso natural, renovable de la biodiversidad de Bolivia y como factor de cohesi&oacute;n social&rdquo; (384).<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nAmbas Constituciones mencionan a la naturaleza, pero mientras que la ecuatoriana le respeta como un ser vivo con el cual se debe convivir para poder llegar a un <strong>Buen Vivir<\/strong>, la boliviana la considera como un objeto desamparado y vulnerable necesitado de la defensa del Estado. Sin embargo, en este caso, la naturaleza aparece siempre en el contexto de los conocimientos ancestrales, conocimientos que sin duda alguna, fueron adquiridos gracias a una intensa convivencia con la misma naturaleza.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong>Sostenibilidad\/Sustentabilidad del Buen Vivir<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEn la Constituci&oacute;n ecuatoriana, el r&eacute;gimen de desarrollo est&aacute; incluido en la convivencia arm&oacute;nica con la naturaleza, siempre buscando la sostenibilidad.. Un derecho fundamental del <strong>buen vivir<\/strong> de la poblaci&oacute;n ecuatoriana es vivir en un <em>&ldquo;ambiente sano y ecol&oacute;gicamente equilibrado, que garantice la <u>sostenibilidad<\/u>. Por tanto la preservaci&oacute;n del ambiente, la conservaci&oacute;n de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio gen&eacute;tico del pa&iacute;s, as&iacute; como la prevenci&oacute;n del da&ntilde;o ambiental y la recuperaci&oacute;n de los espacios naturales degradados. Desde la opci&oacute;n por estas prioridades, se declara la soberan&iacute;a alimenticia sobre la energ&eacute;tica&rdquo;<\/em> (art. 14.15) 2. En esta Constituci&oacute;n la naturaleza est&aacute; relacionada siempre con la convivencia arm&oacute;nica de sus pobladores.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nSin embargo, hoy d&iacute;a, especialmente en el Tercer Mundo, se est&aacute; creando &aacute;reas protegidas, como una de las principales estrategias para la conservaci&oacute;n de la naturaleza. No son poblados por seres humanos, solamente visitados. Este concepto de &aacute;reas protegidas proviene del siglo pasado (EEUU), para proteger la &ldquo;naturaleza salvaje&rdquo; de la destrucci&oacute;n humana. Los habitantes tradicionales, desde milenios, hab&iacute;an conservado con mucha sabidur&iacute;a su medio ambiente, pero pesar de eso, les sacaron de ese <em>habitat <\/em>suyo, lo que caus&oacute; problemas a nivel &eacute;tico, social, econ&oacute;mico, cultural y pol&iacute;tico. Entonces se descubri&oacute; que solo aparentemente estas &aacute;reas sirvieron para la conservaci&oacute;n de la biodiversidad, pero en realidad se hab&iacute;an convertido en fuentes de ingreso por el turismo internacional, especialmente del Primer Mundo. Cuando los habitantes tradicionales expulsados se organizaron y &nbsp;reclamaron el territorio de sus antepasados, se les acusaba de estar contra la conversaci&oacute;n de la naturaleza.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nPor lo tanto, me parece que hay que resaltar la convivencia humana-ecol&oacute;gica que ambas Constituciones defienden.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nLa nueva Constituci&oacute;n boliviana, en su t&iacute;tulo II sobre <em>Medio Ambiente, Recursos naturales, Tierra y Territorio<\/em>, apunta a la corresponsabilidad de toda la poblaci&oacute;n, en consonancia con el Estado, para <em>&ldquo;conservar y aprovechar&nbsp; de manera <strong>sustentable<\/strong> los recursos naturales y la biodiversidad, as&iacute; como mantener el equilibrio del medio ambiente&rdquo;<\/em> (art. 342). Declara que <em>&ldquo;el patrimonio natural es de inter&eacute;s p&uacute;blico de car&aacute;cter estrat&eacute;gico para el <strong>desarrollo sustentable<\/strong> del pa&iacute;s. Su conservaci&oacute;n y aprovechamiento para beneficio de la poblaci&oacute;n ser&aacute; responsabilidad y atribuci&oacute;n exclusiva del Estado, y no comprometer&aacute; la soberan&iacute;a de otros sobre los recursos naturales&rdquo;<\/em> (art. 346). Para proteger la naturaleza, la constituci&oacute;n boliviana habla de Medio Ambiente se ha creado unas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de gesti&oacute;n ambiental, que se basan en tres puntos:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<em>1- Planificaci&oacute;n y gesti&oacute;n ambiental, con control social.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<em>2- Aplicaci&oacute;n de los sistemas de evaluaci&oacute;n de impacto ambiental y el control de calidad ambiental, sin excepci&oacute;n y de manera transversal a toda actividad de producci&oacute;n de bienes y servicios que use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<em>3- Responsabilidad por ejecuci&oacute;n de toda actividad que produzca da&ntilde;os medioambientales y su sanci&oacute;n civil, penal y administrativa por incumplimiento de las normas de protecci&oacute;n del medio ambiente (art. 345)<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEl medio ambiente es declarado &ldquo;<em>patrimonio natural<\/em>&rdquo;y destinado para el &ldquo;<strong><em>desarrollo <\/em><\/strong><strong><em>sustentable<\/em><\/strong><em>del<\/em><em> pa&iacute;s&rdquo;<\/em> (art. 346). La Constituci&oacute;n defiende a la naturaleza como un bien com&uacute;n vital al penalizar su depredaci&oacute;n que da&ntilde;a tambi&eacute;n a los habitantes:&ldquo;<em>Quienes realicen actividades de impacto sobre el medio ambiente deber&aacute;n, en todas las etapas de la producci&oacute;n, evitar, minimizar, mitigar, remediar, reparar y resarcir los da&ntilde;os que se ocasionen al medio ambiente y a la salud de las personas, y establecer&aacute;n las medidas de seguridad necesarias para neutralizar los efectos posibles de los pasivos ambientales&rdquo;<\/em> (art. 347 II).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nDe especial importancia consideran a los recursos naturales. Forman parte del bien com&uacute;n de toda la poblaci&oacute;n y se debe contar con la participaci&oacute;n de la poblaci&oacute;n del lugar en las decisiones de su destino y distribuci&oacute;n: <em>&ldquo;La explotaci&oacute;n de recursos naturales en determinado territorio, estar&aacute; sujeta a un proceso de consulta a la poblaci&oacute;n afectada, convocada por el Estado, que ser&aacute; libre, previa e informada. Se garantiza la participaci&oacute;n ciudadana en el proceso de gesti&oacute;n ambiental y se promover&aacute; la conservaci&oacute;n de los ecosistemas, de acuerdo con la constituci&oacute;n y la ley. En las naciones y pueblos ind&iacute;gena originario campesinos, la consulta tendr&aacute; lugar respetando sus normas y procedimientos propios&rdquo;<\/em> (art. 352).<em>&ldquo;Las utilidades obtenidas por la explotaci&oacute;n e industrializaci&oacute;n de los recursos naturales, ser&aacute;n distribuidas y reinvertidas para promover la diversificaci&oacute;n econ&oacute;mica en los diversos niveles<\/em> <em>territoriales del Estado. La distribuci&oacute;n porcentual de los beneficios ser&aacute; sancionada por la ley.&rdquo;<\/em> (art. 355). A continuaci&oacute;n se menciona algunos recursos que garantizan la vida de los habitantes del pa&iacute;s boliviano como los recursos h&iacute;dricos:<em>&ldquo;El agua constituye un derecho fundamental&iacute;simo&nbsp; para la vida, en el marco de la soberan&iacute;a del pueblo. El Estado promover&aacute; el uso y <strong>acceso al agua sobre la base de principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad y<\/strong> <strong>sustentabilidad<\/strong> (373) El Estado proteger&aacute; y garantizar&aacute; <strong>el uso prioritario del agua para la vida.<\/strong> Es deber del Estado gestiona, regular y proteger y planificar el uso adecuado y <strong>sustentable<\/strong> de los recursos h&iacute;dricos, con participaci&oacute;n social, garantizando el acceso al agua a todos sus habitantes. El Estado reconocer&aacute;, respetar&aacute; y proteger&aacute; los usos y costumbres de las comunidades, de sus autoridades locales y de las organizaciones ind&iacute;gena originaria campesinas sobre el derecho, el manejo y la gesti&oacute;n sustentable del agua.&rdquo;&nbsp; (374).<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nBolivia ten&iacute;a que luchar desde d&eacute;cadas contra la prohibici&oacute;n estadounidense de cultivar coca, por eso se pronuncia fuertemente sobre este asunto. Con la coca la Constituci&oacute;n defiende su derecho a un &ldquo;patrimonio cultural&rdquo; milenario:<em>&ldquo;El Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia y como factor de cohesi&oacute;n social&rdquo; (art. 384).<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nUn gran cambio en el enfoque econ&oacute;mico respecto a la exportaci&oacute;n, se manifiesta en el ejemplo de la producci&oacute;n energ&eacute;tica<em>&ldquo;El estado desarrollar&aacute;&hellip; nuevas formas&nbsp; de producci&oacute;n de energ&iacute;as alternativas, compatibles con la conservaci&oacute;n del ambiente. El Estado garantizar&aacute; la generaci&oacute;n de energ&iacute;a para el consumo interno; la exportaci&oacute;n de los excedentes de energ&iacute;a debe prever las reservas necesarias para el pa&iacute;s (art. 379)<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nEl Buen Vivir de la naci&oacute;n se cubre en primer lugar con los recursos naturales que la misma tierra boliviana da, solamente los excedentes se exporta. La sosteniblidad tambi&eacute;n se extiende al &aacute;mbito econ&oacute;mico en un sano equilibrio ecol&oacute;gico-humano.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<strong>CONCLUYENDO<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nCon alegr&iacute;a constatamos la vuelta de dos pueblos latinoamericanos a las ra&iacute;ces de sus culturas precoloniales que recuperan, estiman, rescatan e implementan sus culturas ancestrales con la moderna, pero solamente si coincide en el mismo enfoque de la sostenibilidad. El recorrido por las dos Constituciones bajo es aspecto de la sostenibilidad, nos aportan algunos principios fundamentales que queremos sintetizar aqu&iacute;:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n1. Aprovechar el momento hist&oacute;rico de cambio de &eacute;pocas, el que exige volver a la &uacute;ltima ra&iacute;z,<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n2. Rescatar a la naturaleza como sujeto con derechos de vida, y relacionarse con ella como tal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n3. Saber transformar la pluriculturalidad en una convivencia arm&oacute;nica en interculturalidad<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n4. Saber utilizar los recursos naturales renovables, solamente tanto para que garanticen el Buen Vivir, no para fines de lucro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n4. Agradecer con un Buen Vivir entre los pobladores junto con la Madre Tierra lo que ha aportado en sustento alimenticio, riquezas minerales y conocimientos y saberes, transmitidos por los antepasados que han convivido con ella.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nParece que las dos constituciones representan una alternativa al sistema neoliberal que quiere ser universal, homog&eacute;neo, acumulativo, centralista y aparentemente tiene la &uacute;nica soluci&oacute;n econ&oacute;mica es decir, no permite alternativas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\nSin embargo, son alternativas estas dos Constituciones con su programa del Buen Vivir que remite a una vida digna donde no falta ni sobra, lo que posibilita y mantiene una relaci&oacute;n en reciprocidad y solidaridad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n&iexcl;Ojal&aacute; que en la nueva Constituci&oacute;n paraguaya tambi&eacute;n estar&aacute;n presentes estos principios de nuestras culturas originarias. Pero no hay que esperar, ya pode1-Lo concretiza m&aacute;s en el cap. 9 cuando dice : &ldquo;Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonizaci&oacute;n&hellip;.para consolidar las identidades plurinacionales, &hellip;garantizar el bienestar (buen vivir) &hellip; y fomentar el respeto mutuo y el di&aacute;logo intracultural, intercultural y pluriling&uuml;e.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n2-La nueva Constituci&oacute;n proh&iacute;be el uso de contaminantes org&aacute;nicos persistentes altamente t&oacute;xicos, agroqu&iacute;micos internacionalmente prohibidos y las tecnolog&iacute;as y agentes biol&oacute;gicos experimentales nocivos y organismos gen&eacute;ticamente modificados perjudiciales para la salud humana que atenten contra la soberan&iacute;a alimenticia y desechos t&oacute;xicos al territorio nacional (cf. art.15).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n3-Anexo: <em>La <\/em><em>Cuenca<\/em><em>amaz&oacute;nica<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; \">\n<span class=\"Apple-style-span\" style=\"white-space: normal; \">Queremos mencionar aqu&iacute; un r&eacute;gimen especial que le dan ambas naciones a la Cuenca amaz&oacute;nica que ambas naciones. Es conocido que el territorio de las <u>provincias amaz&oacute;nicas<\/u> forma parte de un ecosistema importante para el equilibrio ambiental del planeta. Sabemos que este territorio est&aacute; en la mira de <\/span><span class=\"Apple-style-span\" style=\"white-space: normal; \">muchas<\/span>mos comenzar con la concientizaci&oacute;n de las comunidades que acompa&ntilde;amos para que sean preparadas el d&iacute;a de ma&ntilde;ana, a dar su aporte a una convivencia en <strong>Sostenibilidad<\/strong> con y en una &ldquo;Tierra sin Mal&rdquo; en el Paraguay.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; En los informes escuchamos de los grandes problemas como la falta de agua y con eso de alimentaci&oacute;n en el Chaco, la invasi&oacute;n de mennonitas en el territorio de los &uacute;ltimos selv&iacute;colas del Chaco, los Totobiegosode (Areguede-urasade) y en la regi&oacute;n oriental la invasi&oacute;n de tierras por campesinos y brasile&ntilde;os, la tala y venta<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-4736","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4736","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4736"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4736\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6043,"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4736\/revisions\/6043"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4736"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4736"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conapi.org.py\/v23\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4736"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}